por PTN-lado B2 octubre, 2018
ODA AL PIE DE PÁGINA

La nota al pie de página tiene panegiristas y detractores. Quiénes las denuestan consideran que un texto debe expresar todo, las ideas y las citas, de una vez, para no interrumpir una lectura rectilínea y la autosuficiencia de un escrito, que se vería alterada con referencias ajenas a sus límites. Más aún cuando su abuso da lugar a un texto tan importante como el primario, de modo que lo accesorio se vuelve lo principal y todo se subvierte, en una suerte de jardín de los senderos que se bifurcan.

Sus defensores están principalmente en el ámbito académico; hay una frase que condensa esa posición: “el texto convence, las notas prueban”(Grafton). Pero también hay algo de literario. Cuando es bien usada, no sólo tiene una índole enciclopedista; es también un recurso gramatical exquisito. Al igual que un paréntesis bien usado, una nota al pie es un modo de hablarle al oído al lector. De entablar con él una conversación y darle el punto de vista sobre el escrito principal. Enriquecer una posición y hasta ayudar a la hermenéutica.

Excede así el mero hecho técnico de apoyar con autoridad un dicho. O de ser leal con el lector y el autor de una idea. Es un modo de trabajar en dos planos. De narrar y dialogar a la vez, jugando con la profundidad y la superficie. Una manera de entender el tiempo y el espacio. Como el flashback en el cine moderno.

Hay un argumento adicional para el caso de los textos jurídicos, especialmente en los dictámenes y desde luego en las demandas. Las lecturas extensas y de textos cargados de referencias atentan contra su fin principal que no debe ser otro que transmitir una idea, de manera clara y concisa. Ni que hablar en los tiempos de vértigo que vivimos (a diferencia de generaciones anteriores, nuestra capacidad de concentración es cada vez más acotada; invito, al que no comparta, a la lectura del Quijote o la Divina Comedia sin abandonar en el intento por el ring tone del celular…)

Qué hubiera sido de nuestro Código Civil (el del maestro Velez Sarsfield) sin la apoyatura de las notas al pie de Troplong, Savigny, Aubry et Rau y Marcadé? Sirven, como se ve, para filiar las ideas y denunciar su linaje conceptual; en este caso, por su referencia al Código Civil Francés, el Código de Prusia (también en las notas, del cual fueron autores principales los hermanos Green), la ley de las Partidas (que dejan en claro nuestro carácter hispánico) y hasta la lex romana visigotorum (conocida como Código Visigótico).

Por estas razones es que desde la Procuración del Tesoro propiciamos el uso de las notas al pie en nuestros escritos. Un modo de mostrar respeto y hasta condescendencia a nuestros  lectores.

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PTN-lado B